top of page
Posts Destacados 

Condenado por conducir sin puntos y presentar un permiso de conducción portugues.



Volvemos comentando hoy una reciente Sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 13 de septiembre de 2017, en materia Penal, referida al artículo 381 del Código Penal, donde se recoge en su primer apartado que:


"El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días."


El hecho reseñable de esta cuestión es que un conductor es sorprendido conduciendo un vehículo en la carretera PA-30 el 10 de marzo de 2016. A este conductor le habían sido retirados todos los puntos de su carnet de conducir por la Jefatura Provincial de Navarra, informándole que desde el 13 de enero de 2016 al 13 de julio de 2016 no podría conducir.

Sin embargo, el día 10 de marzo de 2016, cuando es sorprendido por la Policía, aporta un permiso de conducir portugués que había sido obtenido mediante canje el día 23 de julio de 2015.


El Alto Tribunal aprecia un fraude de ley al intentar mediante el canje del permiso de conducir de otro Estado miembro de la UE, contar con dos permisos de conducir, uno caducado por pérdida de puntos y otro perteneciente a país distinto del que se conduce cuando es sorprendido sin vigencia por pérdida de puntos. Concuerda con la Audiencia en que no cabe que el canje se haga en defraudación de una norma penal de este carácter de un Estado miembro para intentar impedir la imposición de una sanción de privación de conducción de vehículos por pérdida de puntos.


En la Sentencia se hace referencia al Real Decreto 1055/2015 por el que se modifica el Reglamento General de Conductores donde se implanta de forma efectiva un modelo único de permiso de conducción en todos los Estados miembros, cuyas características y plazos de vigencia también han de ser armonizado de acuerdo con sus prescripciones.


Concluye finalmente la sala, que no pueden detentarse dos permisos de conducción de vehículos y usar el que convenga en cada momento. No puede pretenderse que, por el hecho de tener un permiso portugués mediante canje por ser residente en el extranjero, ser de mejor condición que el resto de ciudadanos nacionales que tienen únicamente el permiso de conducción español. Si se pierde la vigencia del permiso de conducir en España, no puede su conducta quedar impune.


Para consultar la Sentencia completa, pincha en la imagen o aquí.



Posts Recientes 
Encuéntrame en:
  • Facebook Long Shadow
  • Twitter Long Shadow
  • YouTube Long Shadow
  • Instagram Long Shadow
Other Favotite PR Blogs

Enlace externo. Edita aquí.

Enlace externo. Edita aquí.

Enlace externo. Edita aquí.

Enlace externo. Edita aquí.

Búsqueda por Tags
No hay tags aún.
bottom of page