top of page
Posts Destacados 

¿Por qué me envían tantos correos sobre la protección de datos?




En los últimos días, muchos de nosotros no hacemos más que preguntarnos por qué no hacen más que plagar nuestra bandeja de entrada correos electrónicos que nos piden aceptar los nuevos términos en cuanto a la protección de datos.


Pues bien, ello es debido a que el pasado 25 de mayo ha entrado en vigor el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos. En España, actualmente nos encontramos regidos en esta materia por la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, desarrollada por su Reglamento contenido en el Real Decreto 1720/2007. Sin embargo, en este momento estamos esperando una nueva Ley Orgánica que se encargue de recoger las novedades para adaptarnos al nuevo reglamento europeo, la cual se prevé que sea promulgada próximamente, ya que lo ideal hubiera sido que estuviese en vigor antes del 25 de mayo, para despejar aquellas dudas que pueda suscitar la aplicación del nuevo reglamento.


Entre las novedades más importantes de este nuevo reglamento podemos destacar:

  • La responsabilidad proactiva, exigiendo al responsable de tratamiento que aplique medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder acreditar el cumplimiento de la normativa.

  • Garantizar la seguridad de los datos asegurando su confidencialidad, integridad y disponibilidad para el interesado ante los posibles riesgos de destrucción, manipulación, acceso no autorizado…

  • Nuevos derechos para los titulares de los datos como portabilidad de los mismos y disponibilidad y derecho al olvido de los mismos.

  • Exigencia de un consentimiento específico para cada finalidad a la que vayan destinados los datos.

Pero lo más importante, y contestando a la cuestión que se plantea al comienzo de este artículo, es que, a partir de ahora, el consentimiento para el tratamiento de los datos ha de ser explícito, debiendo existir una declaración del interesado o una acción positiva que manifieste su conformidad, a diferencia de lo que se establecía en el reglamento del 95, siendo simplemente exigible un consentimiento tácito para ello. Por esta razón, todas las empresas que contaban con nuestros datos personales, necesitan que hagamos una declaración expresa de consentimiento.

Posts Recientes 
Encuéntrame en:
  • Facebook Long Shadow
  • Twitter Long Shadow
  • YouTube Long Shadow
  • Instagram Long Shadow
Other Favotite PR Blogs

Enlace externo. Edita aquí.

Enlace externo. Edita aquí.

Enlace externo. Edita aquí.

Enlace externo. Edita aquí.

Búsqueda por Tags
No hay tags aún.
bottom of page